es la que se produce como efecto de la desaparición de las administracíones
paralelas, el Movimiento y la Organización Sindical, dando lugar a
la disolución de sus instituciones benéfico-asistenciales y a medidas de reconversión
y reubicación administrativa de las mismas. Las instituciones
procedentes del Movimiento pasan a la Administración pública por Real
Decreto Ley 23/1977, de 1 de abril, quedando integradas en el Ministerio
de Cultura, nucleando los antecedentes de lo que hoy se constituye como
Instituto de la Juventud e Instituto de la Mujer. Diversamente las institucíones
procedentes de la Organización Sindical se integran en la Administración
pública a través del organismo autónomo Administración Institucíonal
de Servicios Socioprofesionales, creado por Real Decreto Ley 19/
1976, de 3 de octubre, y posteriormente por Real Decreto 906/1978, de
14 de abril, se transfieren a diversos departamentos ministeriales por criterios
de afinidad funcional: los Centros Asistenciales Sindicales a la Dirección
General de Servicios Sociales del Ministerio de Sanidad y Seguridad
Social, Colocación al Servicio de Empleo y Acción Formativa del mismo
Ministerio, Educación y Descanso al Ministerio de Trabajo, a través
del organismo autónomo Instituto Social el Tiempo Libre, hoy extinguido.
LOS SERVICIOS SOCIALES DEL FRANQUISMO A LA CONSTITUCION. ISABEL CERDEIRA GUTIERREZ.
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